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OBTIENE SAMUEL GARCÍA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE AMPARO CONTRA DECRETO DEL PRIAN

Por: Ulises Carmona, Corresponsal Nuevo León

 

  • La suspensión frena el juicio político en su contra promovido por el PRI y PAN en el Congreso local; y las reformas constitucionales aprobadas por las y los Diputados.
  • El Congreso del Estado no puede remover del cargo al Mandatario estatal ni aplicarle reformas constitucionales contenidas en el Decreto 340.

El Gobernador Samuel Alejandro García Sepúlveda obtuvo hoy una suspensión de amparo, definitiva, que frena el juicio político en su contra promovido por el PRI y PAN en el Congreso local; y las reformas constitucionales aprobadas por las y los Diputados.

En tanto no se emita una sentencia definitiva de amparo, el recinto Legislativo no puede remover del cargo al Mandatario estatal ni aplicarle las reformas constitucionales contenidas en el Decreto 340.

Dicho Decreto está siendo analizado por un Juzgador Federal, pues este pretende invadir facultades del Poder Ejecutivo, intervenir en áreas del Gobierno y debilitar las atribuciones del Gobernador.

Ente las facultades que busca quitar el Congreso local al Mandatario estatal, son: el derecho a vetar en el proceso de selección del Fiscal; quitar al Poder Ejecutivo la facultad de sanción, refrendo, promulgación y publicación de leyes; quitar la atribución de reglamentar leyes; establecer la moción de censura a la totalidad del Gabinete por parte del Poder Legislativo.

Asimismo, el Legislativo busca la ratificación del Congreso de funcionarios de Hacienda, UIF y SAT; la ratificación del Secretario General de Gobierno; obligar al Ejecutivo a presentar la Ley de Ingresos y de presentar el Presupuesto de Egresos; fincar hechos de corrupción, faltas graves y juicios de procedencia sobre miembros del Gabinete y otros funcionarios.

Así como fincar Juicios políticos de facto; hacer autónomo el Tribunal de Justicia Administrativa, entre otras reformas.

En la suspensión de amparo 407/2023 se advierte que el cambio de reglas contenidas en el Decreto 340 aludido, es probablemente contrario al Artículo 14 Constitucional, en cuanto a la prohibición de la retroactividad de la ley en perjuicio de persona alguna.

El Artículo 14 de la Constitución Federal, señala:

«A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

«Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho».

En caso de la entrada en vigor de fichas reformas del Decreto 340, la limitación y restricción en tales designaciones, funciones y atribuciones, no aplicarían para la actual Administración encabezada por García Sepúlveda, sino al próximo Gobernador del Estado de Nuevo León.

 

 

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