SONORA

Valida SCJN reformas a la Constitución Política del Estado de Sonora

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, efectuada a través del sistema de videoconferencia, validó el procedimiento que derivó en la expedición de la Ley Número 288, que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sonora, publicada en el Boletín Oficial el 13 de agosto de 2018, por considerar que se observaron todas las formalidades establecidas en la normativa local para modificar dicho ordenamiento, sin haberse cometido irregularidades.

Además, la SCJN validó el artículo 146 de la Constitución Estatal, que eliminó la declaración de procedencia para todos los servidores públicos del Estado, por estimar que, tratándose de delitos locales, las entidades federativas tienen libertad para decidir, de acuerdo con sus circunstancias políticas, sociales, económicas o de cualquier otra índole, si reconocen o no esta figura destinada a proteger la función desempeñada por sus servidores públicos, de manera previa a que se proceda penalmente en su contra.

Finalmente, la SCJN validó el artículo 163 de la Constitución del Estado, el cual exige que las reformas o adiciones a la propia Constitución sean aprobadas por las dos terceras partes de los diputados que integran el Congreso y las dos terceras partes de los Ayuntamientos, sobre la base de que no existe obligación de adoptar un procedimiento similar o equivalente al que se prevé para reformar o adicionar la Constitución General, por lo que las entidades federativas tienen libertad para establecer el que más se ajuste a sus intereses, siempre y cuando respeten los principios fundamentales que consagra la Norma Suprema.

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